Levítico 23:14-16

14 No comerán pan de granos tiernos tostados hasta el día en que lleven su ofrenda a Dios. Es ley perpetua para sus generaciones en todos sus poblados.

15 Pasadas siete semanas completas, a contar desde el día siguiente al sábado -día en que llevan la gavilla para la agitación ritual-, "

16 hasta el día siguiente al séptimo sábado, es decir, a los cincuenta días, harán una nueva ofrenda al Señor.